Directiva de Diligencia Debida en materia de Sostenibilidad empresarial (CSDDD)

Protección de derechos humanos y medioambiente a lo largo toda la cadena de suministro

La reciente aprobación de la Directiva Europea de Diligencia Debida en Materia de Sostenibilidad Empresarial (CSDDD) representa un avance significativo hacia una mayor sostenibilidad empresarial. Esta directiva impulsa a las compañías a evaluar y mitigar los impactos negativos en los derechos humanos y el medio ambiente en toda su cadena de valor. 

La CSDDD, también conocida como CS3D, afecta a organizaciones de dentro y fuera de la UE y es un nuevo reto en materia ESG. 

Esta normativa afecta tanto a las operaciones internas de las empresas como a sus cadenas de suministro globales, razón por la cual, aunque las PYMEs están exentas del cumplimiento de la directiva de forma directa, se van a ver afectadas por las exigencias de sus clientes, cuando estos sean grandes empresas.

Desde SGS podemos ayudarte y guiarte en el cumplimiento de estas nuevas exigencias en materia de sostenibilidad empresarial.

¿Cómo lo hacemos en SGS?

Alcance y recogida de información

Definimos el alcance del proyecto y recopilamos la información relevante sobre las operaciones internas y la cadena de suministro de tu empresa, estableciendo objetivos y metas, revisando las políticas y procedimientos existentes, y realizando formación interna y sensibilización externa.

Trazabilidad de cadena de suministro

Mapeo de la cadena de suministro y operaciones de tu organización y realización de una matriz de priorización de proveedores, identificándolos según niveles de riesgo en términos de impacto ambiental y social.

Evaluamos las partes clave de tu cadena de actividades para ayudarte a prevenir y erradicar posibles problemas.

Auditoría interna de evaluación de impactos

Evaluamos y aseguramos el cumplimiento de las normas de sostenibilidad y derechos humanos mediante auditorías internas en las operaciones de tu empresa y su cadena de suministro. Elaboramos un informe detallado con los hallazgos, incluyendo áreas de no conformidad y recomendaciones para la mejora.

Seguimiento

Con el objetivo de reducir y mitigar los posibles impactos en medio ambiente y derechos humanos identificados durante el proceso.

¿A QUÉ TIPO DE EMPRESAS AFECTA ESTA DIRECTIVA?

Esta Directiva establece obligaciones que incumben a las grandes empresas (más de 1 000 empleados y un volumen de negocios superior a los 450 millones de euros).

Aunque las pequeñas y medianas empresas (PYMEs) están exentas del cumplimiento directo de la normativa, inevitablemente se verán afectadas por las exigencias de sus clientes más grandes.

¿CUÁNDO SE DEBERÁ RENDIR CUENTAS?

La directiva establece un marco claro y progresivo para su aplicación en las empresas según su tamaño y facturación. El 25 de julio de 2027, la primera ola de empresas deberá cumplir legalmente con CSDDD

¿QUÉ OBLIGACIONES TIENEN LAS EMPRESAS AFECTADAS?

  • Adoptar una política de Diligencia Debida
  • Identificar y evaluar los impactos negativos en DDHH y medio ambiente
  • Prevenir y mitigar esos impactos
  • Implementar un procedimiento de reclamación y remediación
  • Supervisar la efectividad de las medidas adoptadas
  • Llevar a cabo una política de comunicación pública sobre Diligencia Debida
  • Adoptar un plan de transición climática conforme al Acuerdo de París
  • ¿CUÁLES SON LAS PRINCIPALES NOVEDADES DE LA DIRECTIVA?

  • Enfoque basado en riesgos
  • Armonización
  • Cadena de suministro
  • Responsabilidad civil (sanciones)
  • Reporting
  • Beneficios de la CSDDD para las empresas

    Marco legal armonizado en la UE, que cree seguridad jurídica e igualdad de condiciones.

    Mayor confianza de los clientes y compromiso del personal.

    Mejor gestión de riesgos y adaptabilidad.

    Mayor atractivo para el talento, inversores orientados a la sostenibilidad y procedimientos públicos.

    Mayor atención a la innovación y mejor acceso a las finanzas.

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